Casi cada día tenemos noticias de la energía verde, del ahorro energético y de la instalación de placas solares. Cada vez está más en auge (por algo será), la instalación de placas solares en los tejados de edificios y viviendas particulares para ahorrar en costes. ¿Pero qué hay de instalar placas solares en tu comunidad de propietarios?

Si vives en una vivienda particular la decisión es fácil y depende de ti mismo. Otra cosa es si vives en un edificio de viviendas donde hay una comunidad de propietarios.

¿Qué debes hacer para aprobar en Junta de Propietarios la instalación de placas solares?

Para saber qué mayoría hace falta para la aprobación de la instalación de las placas solares en mi comunidad de propietarios, deberíamos remitirnos al Artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal donde dice:

“La instalación de las infraestructuras comunes para el acceso a los servicios de telecomunicación regulados en el Real Decreto-Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, o la adaptación de los existentes, así como la instalación de sistemas comunes o privativos, de aprovechamiento de energías renovables, o bien de las infraestructuras necesarias para acceder a nuevos suministros energéticos colectivos, podrá ser acordada, a petición de cualquier propietario, por un tercio de los integrantes de la comunidad que represente, a su vez, un tercio de las cuotas de participación.

La comunidad no podrá repercutir el coste de la instalación o adaptación de dichas infraestructuras comunes, ni los derivados de su conservación y mantenimiento posterior, sobre aquellos propietarios que no hubieren votado expresamente en la Junta a favor del acuerdo. No obstante, si con posterioridad solicitasen el acceso a los servicios de telecomunicaciones o a los suministros energéticos, y ello requiera aprovechar las nuevas infraestructuras o las adaptaciones realizadas en las preexistentes, podrá autorizárseles siempre que abonen el importe que les hubiera correspondido, debidamente actualizado, aplicando el correspondiente interés legal.”

¿Esto que quiere decir?

En primer lugar, deberás hablar con el presidente de tu comunidad, o el administrador de fincas. A ellos debes solictarles que añadan el punto del orden del día de la instalación de placas solares en el edificio.

Una vez hecho esto, te recomendamos que hables con tus vecinos para ir recabando apoyos. Ya sabes, es más fácil que puedas explicarles el tema uno a uno, que a todos juntos en la reunión.

Llegado el día de la reunión, al someterlo a votación, se necesitará el voto a favor de un tercio de todos los propietarios de la comunidad que representen un tercio de las cuotas de participación. Eso significa que deberán estar presentes o representados en la Junta, los propietarios necesarios que hagan el tercio.

¿Qué pasa con los vecinos que no votan expresamente a favor?

Los vecinos que no voten a favor, no deberán abonar la instalación y tampoco deberán correr con los gastos de mantenimiento y conservación de la misma. Eso sí, si en el futuro cualquiera de esos vecinos quiere hacer uso de las placas solares, deberá abonar su parte proporcional de la instalación, añadiéndole a este coste el interés legal que le corresponda.

¿Cuál es nuestra recomendación?

Antes de todo esto, infórmate y busca una empresa especializada, que te calcule el coste de la instalación, las placas necesarias para tu edificio, la potencia o consumo que se tendrá…etc. Sería aconsejable que, una vez estudiado todo esto, a la reunión fuera un responsable de la empresa. Este podrá aclarar dudas técnicas y precisas que puedan tener los vecinos y a las cuales, ni tú, ni el presidente, ni el administrador podréis contestar.

¿Hay subvenciones para la instalación de placas solares en tu comunidad de propietarios?

Ya sabes que hay subvenciones municipales, provinciales, autonómicas y estatales. Estas subvenciones salen puntualmente así que, lo mejor sería que tu comunidad contara con un Administrador de Fincas que pueda aconsejaros y tramitar las subvenciones que pudieran existir.

Además, el administrador gestionará las licencias necesarias, los permisos municipales y coordinará las obras necesarias y la instalación de las placas.

Si vives en una comunidad de propietarios en la provincia de Zaragoza y no tenéis administrador o no estáis contentos con la forma de gestionaros la comunidad, ponte en contacto con  Fincas Ebro. Ellos estarán a tu servicio para solucionar cualquier duda que tengas.

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