Decidirse por una instalación fotovoltaica puede no ser una tarea ágil. Pero, conociendo la normativa de placas solares en viviendas, seguro que serán muchos los que se animen a unirse al autoconsumo.

El gran cambio que apoya a quien quiera poner placas solares en casa llegó de la mano del Real Decreto 244/2019. Tras su publicación el 5 de abril de 2019 se simplificaron los trámites administrativos para las instalaciones fotovoltaicas. Y, además de esa eliminación, se publicaron varias regulaciones que favorecen la buscada transición energética y plan de Europa de sostenibilidad para 2030.

¿Qué era el impuesto al sol?

El impuesto al sol fue un gravamen que se instauró en España el 9 de octubre de 2015 y duró hasta el 6 de octubre de 2018, cuando fue derogado a través del Real Decreto ley 15/2018. Esta tasa obligaba a pagar por estar conectados a la red eléctrica, penalizando el autoconsumo.

Este impuesto al sol se pagaba a través de las facturas de la luz y mediante dos conceptos:

  • Potencia. Si era una instalación de gran potencia, superior a los 100 KW, o si el sistema incorporaba baterías de almacenamiento.
  • Consumo energético. Se aplicaba un gravamen entre la diferencia producida con las placas solares y el excedente que se vertía a la red eléctrica.

No se aplicaba si las potencias eran menores a 10 KW, en instalaciones aisladas, ni en Canarias, Ceuta y Melilla.

El recargo era un freno al autoconsumo, ya que dificultaba rentabilizar y amortizar la instalación de placas fotovoltaicas.

Claves del Real Decreto 244/2019

Con el Real Decreto 15/2018, como comentábamos anteriormente, se derogó el impuesto al sol, pero todavía se limitaba mucho la instalación de placas solares. Con el Real Decreto 244/2019 se da un impulso más para favorecer realmente que el ciudadano pueda generar su propia energía. Vamos a ver las medidas más importantes de la normativa de placas solares en viviendas, que, de igual manera, también favorece la instalación de placas solares en sistemas industriales.

  • Derogación del “impuesto al sol”. Ya no hay que pagar por la energía generada por vía solar. Ahora está libre de impuestos y, como veremos, además se puede recibir una compensación económica por ella.
  • Autoconsumo con compensación de excedentes. La energía generada y no consumida puede ser vertida a la red de distribución. Así la empresa distribuidora compensará económicamente en la factura de dicho periodo. Este punto es determinante. Las instalaciones de placas solares son muy rentables, pero es importante recalcar que el consumidor no podrá obtener como resultado final un beneficio económico. No es una actividad retributiva y el balance no podrá ser negativo para la distribuidora energética. Y, como requisito, la compensación de excedentes sólo se podrá conseguir cuando haya conexión a una fuente de energía renovable. Todas las condiciones deberán quedar plasmadas y firmadas en un contrato de compensación de excedentes entre el consumidor y la empresa productora. Además, como veremos, el propietario tiene la opción de no acogerse a ese plan de compensación de excedentes.
  • Autoconsumo compartido. Es posible que comunidades, asociaciones u otros grupos diferentes pueden generar energía desde una misma instalación. Hay una sola instalación y varios demandantes de energía conectados a ella. Se reparte y se consume de la manera en que los propietarios decidan.
  • Simplicidad para la instalación. Los trámites administrativos y técnicos ya son mucho más ágiles de resolver. Más aun en las pequeñas instalaciones.
  • Instalaciones fotovoltaicas de terceros. Es posible alquilar espacios, como pudieran ser tejados o cubiertas, para producir electricidad con instalaciones fotovoltaicas.
  • No hay límite de potencia en la instalación. Será posible escoger la necesaria, independientemente de la potencia contratada con la compañía distribuidora de energía.

Tipos de instalaciones fotovoltaicas

En el Real Decreto 244/2019 no sólo quedaron establecidas nuevas condiciones, sino que se definieron los tipos de instalaciones fotovoltaicas y las posibilidades de éstas. Ya no se habla únicamente de autoconsumo aislado y autoconsumo con conexión a red.  Los tipos tienen fuerte relación con la compensación de excedentes, y los podríamos englobar de la siguiente manera:

  • Instalaciones fotovoltaicas sin excedentes. Son aquellas que no generan más energía de la que se necesita en ese lugar. No tienen más fin que el de tratar de abastecer el consumo demandado. Cuentan con un sistema antivertido para que, en caso de producirse excedentes, no se viertan a la red eléctrica. También nos encontraríamos aquellas instalaciones aisladas.
  • Instalaciones fotovoltaicas con excedentes. En este caso, siempre van a estar conectadas a una red eléctrica distribuidora. Y, una vez vertida la electricidad producida y no necesitada, tendrá una compensación económica. Podríamos diferenciar:
  • Acogidas a compensación por excedentes. Por cada kW vertido a la red, seremos compensados con un descuento en la factura eléctrica. A este plan sólo deben acogerse instalaciones de pequeña y mediana escala, de hasta 100 kW. A partir de esta producción, no habría dudas en ampararse en la siguiente opción
  • No acogidas a compensación por excedentes. Venden el excedente de energía en el mercado eléctrico español al precio de ese momento. Y, en este caso, estarán bajo las condiciones convencionales de ese mercado y sí que se aplicarían impuestos. Aquí hablaríamos de instalaciones grandes.

Ventajas de la nueva normativa de placas solares en viviendas

Son muy importantes las ventajas que las instalaciones solares pueden suponer a las familias, a las empresas y al planeta. Y ahora, con el Real Decreto 244/2019, pueden desarrollarse más fácilmente. De esta manera, quien se decide por poner placas solares en casa o en una empresa podrá apreciar una rentabilidad económica. La generación de su propia energía y el autoconsumo con excedentes hará que la amortización de las instalaciones fotovoltaicas pueda darse en pocos años.

Además también se beneficiará el medio ambiente. Con la energía solar evitamos la combustión de fósiles y la generación de CO2. Así evitamos la degradación de la capa de ozono, el cambio climático y el desequilibrio de los ecosistemas y todas las fatales consecuencias que esto puede acarrear para el futuro del planeta.

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